A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Ospino Alfaro Jose David·Demandado Municipio De Guamal -Unidad De Servicios Publicos Domiciliarios De Guamal Magdalena
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Naturaleza jurídica
- Controversias relativas al pago de presuntas acreencias laborales en el marco de una relación legal y reglamentaria entre servidores públicos y el Estado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Único Laboral del Circuito de El Banco (Magdalena) y el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Santa Marta.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una acción de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso un ciudadano pretendiendo el reconocimiento y pago indexado de las cesantías correspondientes al año 2017 y la aplicación de la sanción de un día de salario por cada día de retardo, hasta la fecha del pago total de las mismas.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 183/23, mediante la cual se indicó que corresponde a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo el conocimiento de los procesos en los que se pretenda el reconocimiento y pago de acreencias laborales derivadas, prima facie, de una relación legal y reglamentaria entre un servidor público y el Estado.
Lo anterior, de conformidad con el artículo 104.4 de la Ley 1437 de 2011.
Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Santa Marta para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión a los interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Único Laboral del Circuito de El Banco y el Juzgado
- Noveno. Administrativo del Circuito de Santa Marta, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Noveno. Administrativo del Circuito de Santa Marta es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por José David Ospino Alfaro contra el municipio de Guamal, Magdalena - Unidad de Servicios Públicos Domiciliarios.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-2263 al Juzgado
- Noveno. Administrativo del Circuito de Santa Marta para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.